¿Que ventajas supone afilarse a UGT
Las ventajas de estar afiliado/a a un sindicato organizado y estructurado, como UGT, son numerosas:
- Gabinetes Jurídicos Especializados (abogados/as laboralistas, etc.)
- Contratación, salarios, vacaciones, nóminas, jornadas, convenios colectivos, liquidaciones, finiquitos, jubilaciones, pensiones, Seguridad Social, despidos, etc
- Expedientes de regulación
- Protección por desempleo
- Prevención de riesgos laborales
- Formación continua adaptada a los puestos de trabajo
- Formación sindical específica a los delegados/as de personal, miembros de comités y delegados/as de Salud Laboral
Otros servicios
- Vacaciones, viajes y hoteles
- Campamentos infantiles de verano
- Ocio: residencias, tiempo libre
- Establecimientos concertados
- Seguro de Accidentes en caso de muerte, a partir de un año de afiliación ininterrumpida a UGT
Recuerda: La cuota sindical es desgravable en la Declaración de la Renta
CUOTAS
Actualizado a Mayo de 2015
CUOTA BÁSICA CONFEDERAL
11,10 € mensuales
La Cuota Ordinaria, cuyos tipos y cuantía establecen en su Congreso Federal las Federaciones Estatales, deben respetar un mínimo igual a la Cuota Básica Confederal.
CUOTA REDUCIDA
7,75 € mensuales.
La Cuota Reducida se aplicará a los afiliados cuyos ingresos anuales íntegros procedentes de rentas del trabajo o protección por desempleo sean iguales o inferiores en cómputo anual a 1,25 veces el Salario Mínimo Interprofesional.
También podrá aplicarse a determinados colectivos y situaciones específicas, cuando así lo prevean los Estatutos Federales.
CUOTAS ESPECIALES PARA JUBILADOS Y LA UTCP
5,55 € mensuales.
* Se aplicará a los afiliados adscritos de la Unión de Jubilados y Pensionistas cuyos ingresos anuales íntegros sean superiores a 1,25 veces el Salario Mínimo Interprofesional.
* Afiliados pertenecientes a los diversos sectores en que se organiza la Unión Estatal de Trabajadores por Cuenta Propia.
CUOTAS ESPECIALES PARA JUBILADOS Y PARADOS SIN INGRESOS.
3,30 € mensuales.
* Se aplicará a los adscritos de la Unión de Jubilados y Pensionistas cuyos ingresos anuales íntegros sean inferiores a 1, 25 veces el Salario Mínimo Interprofesional.
* Afiliados que se encuentren en situación de paro y carezcan de ingresos o prestaciones.
Nota: La Cuota Básica, la Cuota Reducida y las Cuotas Especiales, tienen carácter confederal y serán de obligada aplicación en el conjunto de UGT
Para afiliarse pincha en el icono de abajo y se abrirá una nueva ventana con un documento pdf que deberás rellenar.
Cuando lo hayas rellenado, envíalo a la dirección de correo electrónico de cualquier sede de UGT Almería
LOCALIDAD |
DOMICILIO |
CORREO ELECTRÓNICO |
TELÉFONO |
FAX |
ALMERÍA |
C/ Javier Sanz, 14 |
950.251.211 |
950.273.194 |
|
EL EJIDO |
Pablo Neruda, esquina Plaza Acuario |
950.480.861 |
950.573.908 |
|
HUERCAL-OVERA | C/ Guillermo Reyna, s/n |
950.134.005 |
950.134.005 |
|
MACAEL |
C/ Juan Jiménez, 12 |
950.445.532 |
950.445.532 |
|
ROQUETAS |
Plaza Dr. Marín, s/n |
950.323.974 |
950.323.974 |
|
VERA |
C/ San Cleofás, s/n |
950.392.145 |
950.392.145 |
en caso de estar en cualquier otra comunidad del territorio nacional pincha en este enlace y se abrirá una página donde están todas las direcciones de sedes del territorio. ENLACE.